El Consejo de Estado, mediante sentencia del 31 de octubre de 2024, decidió negar la pérdida de investidura de María Camila Correa López, concejala del municipio de Dosquebradas.
El Consejo de Estado de esta manera respalda la decisión tomada previamente por el Tribunal Administrativo de Risaralda el 8 de julio de este año.
La solicitud para destituir a Correa fue presentada por el ciudadano Rodolfo Lozano Díaz, quien argumentaba que la concejala debía perder su investidura por estar presuntamente inhabilitada.
Lozano alegaba que el padre de Correa, José Ricardo Correa García, había ejercido como agente de tránsito en el municipio dentro del año previo a las elecciones de octubre de 2023, lo cual constituiría una violación al régimen de inhabilidades, según la Ley 136 de 1994 y la Ley 617 de 2000.
Los argumentos del caso
De acuerdo con la ley, los agentes de tránsito son considerados autoridades civiles y administrativas, por lo que su parentesco en primer grado con un candidato podría constituir una causal de inhabilidad. Lozano argumentaba que la función del padre de Correa en la Secretaría de Tránsito de Dosquebradas podría haber influido en la elección de su hija al Concejo Municipal.
Sin embargo, la defensa de Correa sostuvo que, aunque su padre ocupó el cargo de agente de tránsito, este no ejercía autoridad civil o administrativa, al no tener control o manejo y quien se encuentra en carrera administrativa desde el año 1996.
Decisión del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado concluyó que no existía en el ejercicio de ese cargo la autoridad administrativa o civil, y tampoco la evidencia suficiente para determinar que José Ricardo Correa García ejerciera dichas autoridades, de tal forma que afectara la inscripción y elección de su hija como concejala. Por lo tanto, se descartó la inhabilidad señalada.
Con esta decisión, María Camila Correa López continuará en el cargo que ganó por elección popular en el municipio para el periodo 2024-2027, confirmando su legitimidad en el cargo.
El fallo reafirma la importancia de evaluar con rigurosidad los casos de pérdida de investidura para garantizar el equilibrio entre el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos políticos de los ciudadanos.
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